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Centro Asturiano de Barcelona :: ESTATUTOS | ![]() |
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CAPÍTULO XII
DE LAS SECCIONES Artículo 55. Para conseguir cumplidamente el objetivo y fines que el Centro persigue, funcionarán cuantas Secciones orgánicas se estimen necesarias para la buena marcha de la Entidad, que serán adscritas al Área que proceda en función de su actividad. Para formar parte de las Secciones es imprescindible estar asociado al Centro. |